CEDITEC ONG

Somos perceptores de Donaciones acreditados por SUNAT

¿Cuáles son los beneficios tributarios para las donaciones ?

Estos son los beneficios: Se podrá deducir como gasto la donación de bienes y prestación de servicios gratuitos para el Impuesto a la Renta. No se gravará con el IGV la entrega de bienes gratuitos hecha por los donantes. No se perderá el crédito fiscal del IGV correspondiente al bien y/o servicio donado. 


Las donaciones dejan huella en las causas que apoyan y conlleva una serie de beneficios personales que enriquecen la vida de quienes eligen contribuir de esta manera.

  • Impacto positivo en los demás.
  • Satisfacción personal.
  • Beneficios fiscales.
  • Mejora el sentido de pertenencia.
  • Confianza en la organización.

LA OPORTUNIDAD A TU ALCANCE

Acceso a fondos NO reembolsables para tu empresa

Dirección: Calle Punta Negra 720, San Isidro, Lima, Perú

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